Hospital del IMSS en Madero no da medicamento adecuado a niños, pese a amparo obtenido

Por: David Zarate Cruz, 16-03-2018 .

Ante la inconformidad porque el Hospital General Regional Número 6 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Ciudad Madero, no está dando el medicamento adecuado a su edad, peso y talla a dos menores de edad, incumpliendo sentencia de amparo, el Juzgado Noveno de Distrito, deberá consultar especialistas, ya que mediante la ejecutoria 12/2017 Magistrados Federales así lo ordenaron.

El Magistrado Roberto Suárez Muñoz, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, determino, que los informes del IMSS son insuficientes para concluir, válidamente, que se han suministrado los medicamentos especializados, atendiendo a la talla, peso y demanda de acuerdo a las necesidades y condiciones clínicas de los menores, puesto que para ello es menester dilucidar, previamente, cuál es la dosis adecuada de medicamentos que deben recibir.

El 28 de agosto del 2017, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, el recurso de inconformidad, presentado por la medre de los menores, en contra del Juzgado Noveno de Distrito en Tampico, por la resolución de dar por cumplida la sentencia, ya que considera que el Juez no debió conformarse con la documentación enviada por el IMSS, sino debió consultar especialistas.

El 26 de marzo del 2015, la mujer presento demanda de amparo en contra de la Clinica del IMSS en Ciudad Madero, por la cancelación y revocación del programa de tratamiento domiciliario (que forma parte del Programa de Atención Oportuna para la Terapia de **), y mediante el cual se entrega en farmacia del Hospital, y los medicamentos, que les son necesarios por tratarse de menores de edad, y que permite que gocen de un tratamiento profiláctico en su domicilio, cuando existen evidencias de sangrado.

El Juzgado Noveno de Distrito en Tampico, otorga el amparo, para que se proporcione un diagnóstico y asistencia médica integral y oportuna a los menores, el tratamiento médico para su padecimiento, practicando todos los estudios necesarios y suministren los medicamentos especializados, atendiendo a su talla, peso y de acuerdo a la demanda de sus necesidades y condiciones clínicas, a fin de evitar agravar su salud.

Con base en informes y documentación enviada por la dirección del Hospital del IMSS en Ciudad Madero, el Juzgado resolvió dar por cumplida la sentencia, ante lo cual la madre de los menores presenta recurso de inconformidad; el Magistrado Roberto Suárez Muñoz, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el Juez a quo estaba obligado a solicitar el apoyo de expertos médicos en la materia, imparciales y ajenos a las autoridades responsables, para contar con elementos técnicos médicos adecuados.

Ante ello propuso revolcar la resolución del Juzgado, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, para que se apertura un incidente innominado en términos del artículo 193, párrafo cuarto, de la Ley de Amparo, que tenga por objeto ordenar las actuaciones, diligencias y/o desahogo de pruebas necesarias, a efecto de poder determinar cuál es la dosis adecuada de medicamentos especializados para el padecimiento de los menores.

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