Obligan a la PGJT a indemnizar a Policía Investigador cesado por obesidad

Por: David Zarate Cruz, 20-04-2018 .

Ciudad Victoria, Tamaulipas.-La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), fue obligada por el Poder Judicial Federal a desarrollar procedimiento administrativo y dar de baja a un elemento de la Policía Investigadora Estatal (por obesidad), indemnizándolo legalmente, en cumplimiento a la sentencia 1400/2016 que otorgó el amparo y ahora le requieren el cálculo y pago del período de 1 de junio de 2016 al 17 de mayo de 2017.



El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el estado de Tamaulipas, determino que, la PGJE no se apegó al procedimiento que establece la ley que rige al respecto, pues la autoridad competente para substanciar el procedimiento de terminación y separación del servicio profesional de carrera por incumplimiento de los requisitos de permanencia, no llevó al cabo procedimiento alguno en contra del policía.



El siete de julio del 2014, un elemento de la Policía Investigadora Estatal, acudió ante el Poder Judicial Federal en Matamoros, para presentar demanda en contra de la PGJE, por la suspensión de su funciones y del sueldo, al considerarlo no apto para pertenecer a la corporación, lo cual considero como violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.



El Juez señalo que, el examen sólo tiene por objeto comprobar si el evaluado cumple con los requisitos de permanencia que establece el servicio civil de carrera policial, sin que un eventual resultado negativo tenga como consecuencia su desincorporación automática, pues la conclusión de no apto sólo genera la presunción de que incumplió con un requisito, pero en sí mismo, no condiciona ni propicia la baja, sino que era necesario que se tramitara el procedimiento ante la autoridad competente, lo cual no sucedió.



El 28 de octubre del 2015, el Juzgado otorga el amparo para que, las autoridades responsables, en respeto a la garantía de audiencia, procedan a instaurarle el procedimiento previsto en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado, debiendo a su vez respetar su derecho de defensa; y una vez que se hubieren desahogado todas las etapas procesales, se emita la resolución que conforme a derecho corresponda.

Al no cumplir, el primero de febrero del 2018, el Juzgado requiere por última vez su cumplimiento, con apercibimiento de turnar ante un Tribunal Colegiado de Circuito por desacato, ante lo cual la Administración del Estado, envía pruebas de acatamiento y ahora solo le requieren le requieren el cálculo y pago del período de 1 de junio de 2016 al 17 de mayo de 2017.

Tus comentarios ayudarán a tus amigos y a otras personas a conocer más sobre esta noticia.