Ayuntamiento de Victoria deberá otorgar salario igual a un cadenero de Obras Públicas

Por: David Zarate Cruz, 12-07-2018 .

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), deberá condenar al Ayuntamiento de Victoria a pagar salario igual a un cadenero de Obras Públicas, ya que mediante la ejecutoria 896/2017 Magistrados Federales otorgaron el Amparo, porque ser sindicalizado, o no la Constitución Federal establece un sueldo igual, para trabajo igual.



El Magistrado Hugo Alejandro Bermúdez Manrique, del Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con sede en Saltillo, Coahuila, determino que, la resolución del Tcatsem es jurídicamente incorrecta en relación con dichos tópicos, dado que no se tomó en cuenta que al resolver como lo hizo violó directamente el artículo 123, fracción V, del apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al infringir el principio que refiere “a trabajo igual corresponderá salario igual.



El 30 de agosto del 2017, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, demanda interpuesta por el empleado municipal, en contra del Tcatsem por el Laudo de doce de julio de dos mil diecisiete, dictado dentro del expediente laboral 243/M/2015 y su acumulado 757/M/2015, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.



El 24 de marzo del 2015, el trabajador presento demanda contra el Ayuntamiento ante el Tribunal Laboral, reclamando el cumplimiento del Convenio Colectivo de Trabajo; nivelación salarial; devolución de descuentos indebidos; bono Correspondiente a la segunda quincena de cada mes; bono correspondiente a la primera quincena de cada mes; ayuda de becas; pago de retroactivo; al contestar la demanda el Municipio señalo que no tenía derecho a ello, porque paso a ser personal de confianza y dejo el sindicato.



El 12 de julio del 2017, el Tcatsem emite el Laudo absolviendo al Ayuntamiento de Victoria de todos los reclamos, ante lo cual el trabajador recurre al juicio de amparo; por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el expediente fue enviado al Centro Auxiliar de la Décima Región, con sede en Saltillo, Coahuila, el cual lo turno al Tercer Tribunal Colegiado de Circuito.



El Magistrado Hugo Alejandro Bermúdez Manrique, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la responsable estimó que al haber renunciado al Sindicato de Trabajadores del Municipio de Victoria, y pasar a ser trabajador de confianza, no tenía derecho al pago de la cantidad de salario que adujo en su demanda, porque el convenio colectivo de trabajo es exclusivo para los trabajadores sindicalizados, cuando este concepto debe aplicar a todos los trabajadores de la demandada, sin distingos de si son de base o no.



Ante ello, propuso otorgar el amparo lo cual fue aprobado por el pleno judicial, para que el Tcatsem, emita otro Laudo en el que, en relación con la acción de nivelación salarial contenida en el b) del escrito de demanda laboral, tome en cuenta que deberá respetar el principio fundamental constitucional y convencional del derecho del trabajo que garantiza al operario que por un trabajo igual corresponde un salario igual, sin ninguna distinción.

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