Finanzas de Tamaulipas clausura bar por colindar con vivienda acondicionada para niña enferma
Por: David Zarate Cruz, 17-07-2018 .
El Director de Recaudación de la SubsecretarÃa de Ingresos de la SecretarÃa de Finanzas del Estado, Manuel Aguiñaga MartÃnez, clausuro un bar en Matamoros, por tener “comunicación†con una vivienda acondicionada para una menor que necesita cuidados especiales por tener una enfermedad genética, por lo que mediante la sentencia 383/2017 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo porque dicho cuarto no está en el bar.
El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el estado de Tamaulipas, señalo que el acto impugnado se encuentra indebidamente motivado, al no justificarse de manera explÃcita, amplia y clara, los motivos por los cuales se clausuró la negociación mencionada, dicha situación no le permitió a la dueña conocer y cuestionar o controvertir el mérito de la actuación, proporcionándole una real y auténtica defensa.
El 23 de mayo del 2017, la dueña del bar acudió ante el Poder Judicial Federal en Matamoros, para presentar demanda en contra del director de AuditorÃa Fiscal de la SubsecretarÃa de Ingresos, de la SecretarÃa de Finanzas del Estado, por la orden de clausura, contenida en la orden de visita RBA 302/2017, de 20 de mayo de 2017, considerándola violatoria de las garantÃas de seguridad jurÃdica y debido proceso.
El Juez señalo que, en cuanto a lo asentado por el visitador en el sentido de que el establecimiento tenÃa comunicación con una vivienda o parte de ella, en la cual encontró una litera con sus colchones, asà como la pertenencias de una menor, y que la propietaria le dijo que la menor necesita cuidados especiales, por lo que acondicionó esa área para atender su terapias; para que procediera la clausura era indispensable que la menor se localizara dentro del bar, lo cual no quedó asentado de esa manera en el acta.
El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo, para que director de AuditorÃa Fiscal de la SubsecretarÃa de Ingresos, de la SecretarÃa de Finanzas del Estado, deje insubsistente la orden de visita RBA 302/2017, de veinte de mayo de dos mil diecisiete, decretada a la negociación propiedad de la mujer, con giro de bar; asà como sus consecuencias -orden de clausura-, al ser frutos de un acto viciado de inconstitucionalidad.