Consejo Consultivo Delegación del IMSS no contesta oficio a mujer, le otorgan amparo

Por: Redacción, 25-01-2018 .

Nuevo Laredo, Tamaulipas.- El Consejo Consultivo Delegacional del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dejo pasar demasiado tiempo sin contestar un oficio a una mujer violando la garantía de justicia rápida, por lo que mediante la sentencia 280/2017 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo, para que se le dé la debida respuesta; actualmente se está en espera de que el correo informe sobre la notificación.



El Juez Carlos Alberto Ávila Muñoz, del Juzgado Cuarto de Distrito, resolvió “se agrega a los autos la copia del oficio 827.022.-07 del Jefe del Centro de Reparto Nuevo Laredo del Servicio Postal Mexicano, Correos de México, residente en esta ciudad, en el que hace del conocimiento al Administrador de Correos en Ciudad Victoria, del requerimiento con apercibimiento que le hizo este juzgado a través del diverso 201 de cinco de enero del presente año, relativo a la tarjeta acuse de recibo 16889 (oficio 13023)”.



Este, “depositado el siete de noviembre de dos mil diecisiete, dirigido a la autoridad responsable Consejo Consultivo Delegacional del IMSS, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. En ese contexto, se tiene informando las gestiones que realiza para la localización de la referida tarjeta acuse de recibo; por tanto, estese en espera de la misma para los efectos legales correspondientes”.



Se presume que la mujer presento un oficio a la mencionada autoridad del IMSS, en el cual solicita la gestión de un trámite, el cual considera necesario para su persona, sin embargo el organismo medico ha dejado pasar demasiado tiempo sin darle contestación al mismo y causándole un perjuicio en sus derechos, por lo que decidió recurrir al Poder Judicial Federal en Nuevo Laredo, presentando demanda de amparo, por violación a la garantía de petición.



El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo, para que el Consejo Consultivo Delegacional del IMSS en Tamaulipas, de inmediato de la contestación congruente a la petición realizada, y el estado procesal del asunto, está en que el Correo, señale en qué fecha entrego la resolución en la capital del Estado, para poder empezar a contar el termino de diez días, para que cause ejecutoria (se haga firme).

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